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Tema 28 · Agente de Hacienda Pública

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II): clases de Renta. Integración y compensación de rentas. Base…

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El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II): clases de Renta. Integración y compensación de rentas. Base liquidable general y del ahorro. Adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente. Cálculo del impuesto estatal. Cuota diferencial. Tributación familiar. Gestión del Impuesto.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II): clases de Renta. Integración y compensación de rentas. Base liquidable general y del ahorro. Adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente. Cálculo del impuesto estatal. Cuota diferencial. Tributación familiar. Gestión del Impuesto.

Fuente oficial: AEAT — Manual práctico de Renta 2025 (parte 1)

Origen: https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Biblioteca/Manual/Practicos/IRPF/IRPF-2025/ManualRenta2025Parte1_es_es.pdf

Actualizado: 2026-07-02

Contenido: 12, 13, 14, 15, 16, 18

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== Capítulo 12 ==

Capítulo 12. Integración y compensación de rentas

Capítulo 12. Integración y compensación de rentas

Introducción

Clasificación de las rentas según su origen y fuente y

clasificación a efectos del cálculo del impuesto

Normativa: Art. 6.2 Ley IRPF

La renta obtenida por el contribuyente a lo largo del período impositivo se ordena según el

origen o fuente de la misma, en tres categorías fiscales:

• Rendimientos.

• Imputaciones de rentas.

• Ganancias y pérdidas patrimoniales.

Esta clasificación despliega sus efectos especialmente en la cuantificación de las rentas. Así:

• Los rendimientos netos se obtienen por diferencia entre los ingresos computables y los

gastos deducibles, sin perjuicio de la aplicación de las reducciones sobre el rendimiento

íntegro o neto que, en su caso, correspondan.

• Las imputaciones de renta se cuantifican aplicando directamente los criterios y reglas

establecidas legalmente.

• Las ganancias y pérdidas patrimoniales se determinan, con carácter general, por

diferencia entre los valores de transmisión y de adquisición

Sin embargo, a efectos del cálculo del impuesto, las rentas obtenidas por el contribuyente en

el período impositivo, se clasifican en los dos grupos siguientes:

1º Renta general

Normativa: Arts. 44 y 45 Ley IRPF

Este grupo comprende los siguientes componentes de la renta del contribuyente:

• Rendimientos del trabajo, del capital inmobiliario, del capital mobiliario (exclusivamente

los previstos en el apartado 4 del artículo 25 de la Ley del IRPF.

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